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REFORMA A LA LEY DE AMPARO: ¿PONE EN RIESGO LA JUSTICIA AMBIENTAL?

  • BLOG
  • 23 may 2024
  • 4 Min. de lectura

Reforma a la Ley de Amparo

A finales del mes de abril se aprobó una reforma a la Ley de Amparo que causó controversia en la opinión pública, los medios de comunicación y la comunidad ambientalista.

La Reforma consiste en la modificación de los artículos 129 y 148. En el artículo 129 se suprime el último párrafo que “El órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la suspensión, aun cuando se trate de los casos previstos en este artículo, si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social”.

Por otro lado, en el artículo 148 se añade un último párrafo para delimitar los efectos de la suspensión, que establece que “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.

En el dictamen, se señala que esta reforma da respuesta a la necesidad de que los jueces no otorguen suspensiones a normas sin un análisis cuidadoso antes de emitir sentencias definitivas.


Respuesta de la Comunidad Ambientalista


Estas reformas han generado gran controversia a nivel nacional, especialmente en el ámbito del derecho ambiental. Una serie de organizaciones civiles se han postulado en contra de esta reforma, expresando sus preocupaciones sobre el debilitamiento de un vital mecanismo de la defensa del derecho al medio ambiente.

De acuerdo con estas organizaciones ambientales, la reforma a la ley de amparo trae consigo una consecuencia significativa: la eliminación de los efectos generales de la suspensión en casos donde se cuestionan normas generales durante un juicio de amparo. Esto podría implicar que la suspensión solo protegerá a la persona u organización que presente el juicio, dejando al resto de las y los interesados fuera. De acuerdo con estas organizaciones, esta medida no solo debilita la protección del derecho humano a un medio ambiente sano, sino que también limita el acceso a la justicia en temas ambientales, ignora principios fundamentales como la prevención, la precaución, y pone en riesgo la protección del medio ambiente establecida constitucional y convencionalmente.


Más allá del amparo, mecanismos legales para la protección del medio ambiente


Si bien las Reformas a la Ley de Amparo podrían afectar negativamente la capacidad colectiva de acceder a justicia ambiental en casos específicos, en México existen otros mecanismos legales diseñados para la exigencia, individual y colectiva, del derecho al medio ambiente sano.

Por un lado, La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en su capítulo VII, establece que cualquier persona presentar denuncias populares ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) por violaciones a la normativa ambiental. A través de las denuncias populares, cualquier persona podría reportar infracciones ambientales, promoviendo una mayor vigilancia y responsabilidad en la gestión de los recursos naturales

Otro  mecanismo de exigencia de justicia ambiental son las acciones colectivas que posibilitan a grupos de interés ejercer demandas conjuntas desde una perspectiva civil, para exigir buscar reparaciones declarativas, constitutivas o de condena, buscando restituir las condiciones anteriores a la afectación y cubrir daños, o bien, desde una perspectiva administrativa para dar oportunidad a que grupos de interés impugnen administrativamente licencias, permisos o autorizaciones emitidas en contravención de las disposiciones ambientales.

Por otro lado, los mecanismos de participación ciudadana como consultas públicas y audiencias, permiten que las decisiones sobre proyectos y políticas ambientales incluyan la voz de la comunidad. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece procedimientos para que la población participe activamente en la evaluación de impacto ambiental de proyectos, con el fin de que las decisiones gubernamentales reflejen las necesidades y los intereses de la comunidad.

Aunque la preocupación de la percepción de debilitamiento de la figura de amparo es legítima en el ámbito del derecho ambiental, esta reforma no necesariamente representa una clara amenaza directa a la justicia ambiental.  Sin embargo, está claro que aún queda mucho por hacer para fortalecer los mecanismos para garantizar una verdadera justicia ambiental en México.

En palabras de la Dra Carmen Carmona[1], especialista en derecho ambiental, “se requiere de nuevas instituciones, nuevos tribunales, procedimientos, acciones, árbitros, jueces, Nuevos mecanismos de denuncia e inspección, de verificación y certificación. Nuevas acciones judiciales, nuevas instancias, nuevas competencias, nuevas formas de acceso para el logro de la justicia ambiental”.

Es así que, de manera más relevante, resulta prioritaria la creación de tribunales especializados en materia ambiental señalados en la Ley Federal de Responsabilidad ambiental, así como un contundente fortalecimiento institucional y presupuestal a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Esto, en conjunto con el replanteamiento de los mecanismos legales de justicia ambiental, así como los mecanismos de aplicación de la ley, podría sumar a la construcción de la justicia ambiental en México de forma contundente.

La justicia ambiental no recae únicamente en las características del amparo, sino en una serie de instrumentos, así como marcos normativos e institucionales que componen las maneras en las que las personas y los colectivos pueden acceder a la búsqueda de justicia ambiental.

En síntesis, la construcción de la justicia ambiental en México es un proceso continuo que demanda un compromiso constante con la protección del medio ambiente y los derechos de las comunidades, pero también es un conjunto de esfuerzos interdisciplinarios e interinstitucionales para robustecer y democratizar las herramientas de exigencia del derecho ambiental en nuestro país.


[1] Carmona Lara, María del Carmen. El derecho al medio ambiente: defensa de los intereses difusos en el derecho ambiental. Revista del Instituto de la Judicatura Federal Escuela Judicial. UNAM. Número 14, 2003. Tomado de: https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/judicatura/article/view/32036

 
 
 

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