ACTUALIZACIÓN NORMATIVA PARA POZOS DE HIDROCARBUROS
- acavazzani15
- 29 oct 2022
- 2 Min. de lectura
¿Qué es?
El pasado agosto, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó la NOM-014-ASEA-2022, normativa donde se regulan aspectos de seguridad y protección ambiental en la construcción y mantenimiento de pozos de hidrocarburos.
La ASEA es un órgano desconcentrado de SEMARNAT, creada en 2015 como resultado de la reforma energética, encargado de la regulación en materia ambiental y de seguridad para la gestión de petróleo, gas natural, pozos, plataformas petroleras, gasolineras, refinerías y toda la infraestructura de almacenamiento y distribución de hidrocarburos.
Esta norma resulta elemental para la gestión de hidrocarburos en México, dado que la exploración y extracción de hidrocarburos es una operación de alto riesgo con graves impactos negativos potenciales al medio ambiente y a la integridad de los recursos naturales.
La publicación de esta norma cobra relevancia después de casi 20 años de la publicación de la norma que sustituye: NOM-115-SEMARNAT-2003. Esto como derivado de la actualización de directrices necesarias debido a avances tecnológicos en el sector de hidrocarburos, así como en la gestión ambiental.
¿Qué establece?
Esta norma regula los procesos para la gestión de pozos de hidrocarburos, desde su concepción, acondicionamiento de sitio, construcción y mantenimiento. Para ello se establecen metodologías y procedimientos para asegurar la correcta gestión de hidrocarburos, y afianzar la hermeticidad de los pozos.
Se establece como indispensable el monitoreo, protección, rescate y reubicación de flora y fauna, así como lineamientos para el manejo de residuos peligrosos derivados de la gestión de hidrocarburos.
Por primera vez, se establecen los lineamientos para la protección de acuíferos y suelos, elemento crucial para mitigar el enorme impacto que el sector hidrocarburos genera en el medio ambiente.
¿Por qué es importante?
De acuerdo con el artículo 29° de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente (LEGEEPA), así como el artículo 5° del reglamento de Impacto Ambiental de la LEGEEPA, la perforación de pozos para la exploración y extracción de hidrocarburos FUERA de las áreas naturales protegidas NO requieren de autorización de Impacto Ambiental, por lo que se han generado vacíos en los que minimizan las medidas de cuidado y protección al medio ambiente en zonas agrícolas, ganaderas y eriales, o fuera de áreas naturales protegidas o terrenos forestales.
Esta nueva norma regula todo tipo de pozos, estén dentro de áreas naturales protegidas o no, elevando los estándares de protección ambiental del sector de hidrocarburos, y apostando a la integridad de los ecosistemas.
Las empresas del sector de hidrocarburos contarán con un periodo de hasta 60 días a partir de la publicación de la NOM para afianzar estas medidas de protección al ambiente y seguridad, por lo que cobra una relevancia indiscutible para la industria.
Si bien esta norma permite proteger el ambiente en entornos que anteriormente estaban fuera del rango de la regulación, las medidas propuestas por esta norma para la protección ambiental no son lo suficientemente integrales para la conservación del medio ambiente y los recursos naturales. Existe aún un camino por recorrer en materia de conservación ambiental, en el que se privilegie la salud integral de los ecosistemas y territorios, sobre la reubicación de flora y fauna. Solo de esta manera se podrá asegurar la protección del medio ambiente en los




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